Caso de Derecho al olvido en Brasil falla a favor de Google

El Supremo Tribunal de Justicia de Brasil ha fallado a favor de Google y en contra del Derecho al olvido, un criterio diferente a lo que pasa en la Unión Europea, en donde el buscador es responsable de eliminar contenido de su lista siempre que se haya presentado una solicitud formal reclamando el Derecho al olvido basado en fundamentos legales y criterios de responsabilidad que la misma compañía verifica con antelación.

Como bien sabemos, el Derecho al olvido es el poder que tiene un ciudadano para reclamar a las autoridades correspondientes la eliminación de información personal irrelevante o sin vigencia que aparece en internet. En Europa, existe un mecanismo en donde la persona directamente puede hacer la solicitud ante Google quien tramitará el caso y será responsable hacer valer el derecho ciudadano, contando con el apoyo y la supervisión de las Agencias nacionales de Protección de Datos.

Sin embargo, en Latinoamérica son pocos los países que cuentan con un organismo público encargado de salvaguardar los datos personales de sus ciudadanos, delegando los casos a tribunales supremos e instancias superiores cuando es necesario, tal es el caso de Brasil, en donde recientemente el Tribunal de Justicia de Brasil falló a favor de Google, alegando que es imposible dejar tal responsabilidad a los motores de búsqueda.

Se resolvió tal decisión por unanimidad, y en sus declaraciones destacaron que, “No podemos interferir con el buscador porque de lo contrario perderemos el contexto de la información. No podemos establecer la responsabilidad del proveedor. El contenido seguirá presente, pero cuando un proveedor enlace a un lugar donde están las fotografías, entonces este otro proveedor será responsable”.

Esto se puede interpretar como una definición de responsabilidades por mal uso de información personal, aclarando que Google como motor de búsqueda no tiene la obligación de hacerse responsable, por el contrario, el proveedor de la información y aquellos enlaces dirigidos por otros proveedores son realmente quienes deben responder por la información o el contenido que publiquen.

Hasta la fecha no se han difundido los datos correspondientes sobre el caso, que dieron origen al fallo, puesto que los mismos se están tramitando bajo secreto sumario.

Si bien una persona puede ejercer su derecho solicitando o reclamando que sus datos personales se eliminen, la norma ha generado gran controversia y polémica en la UE, y es que muchos ciudadanos han intentado limpiar su imagen personal haciendo solicitudes al buscador, sobre todo figuras públicas o políticos para dar una mejor impresión.

A pesar de sorprendernos tal veredicto de las autoridades brasileñas, no es la primera vez que en el país se falla con una decisión similar, el año pasado el Supremo Tribunal Federal de Brasil, en un proceso iniciado por la famosa presentadora de televisión Maria das Graças Meneghel, conocida como “Xuxa”, llegó a la misma conclusión que la expuesta hace unos días, en ese caso la demanda en contra de Google no tuvo frutos para la comunicadora social.

A pesar de que estos procesos fueron las más sonados y difundidos por los medios, un estudio reciente realizado por un periódico brasileño, destaca que casi un tercio de los casos resuelven en favor del Derecho al olvido, siendo los mismos, presentados con pruebas y hechos difamatorios u ofensivos, o demostrando su inocencia en un delito que lo relacionaba, de lo contrario no se podía ejercer el derecho a eliminar los datos.

Próximamente se viene un reto más para los tribunales, un caso que involucra a TV Globo, la principal cadena de televisión de Brasil, siendo demandada por los familiares de Aida Cury, una joven de 18 años que fue brutalmente violada y asesinada en 1958, historia que la cadena trasmitió en un programa en el 2008. Los abogados defensores, iniciaron una tesis con el Derecho al olvido, pero faltará otra sesión de discusión y más detalles del caso para llegar a un veredicto.

Esperamos que este nuevo caso sirva de guía para establecer un antecedente legal en el país, en donde se empiecen a dejar claras las normas y procedimientos para ejercer el derecho ciudadano, si bien no se tiene el mismo criterio que estados europeos, se debe plantear una solución más viable y transitoria para los interesados en proteger sus datos personales.

Los organismos públicos deben responder a las preguntas más apremiantes que se han presentado en los últimos casos, ¿tiene una persona el derecho a prohibirle al público hablar de ciertos hechos? Y ¿Está una persona legitimada para solicitar directamente a un buscador la eliminación de contenidos?

Llegado a un acuerdo entre los juristas involucrados se debería llegar a un precedente que sirva de ejemplo para que otros tribunales inferiores resuelvan casos similares en Brasil, teniendo así la guía y el respaldo legal suficiente para empezar a hablar de un nuevo criterio de acción frente a demandas ciudadanas de Derecho al olvido.

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