El anonimato en internet

Me gustaría comenzar el artículo recordando un derecho que a la mayoría de los ciudadanos les gusta defender, se trata de la Libertad de Expresión, como personas nos sentimos en plena libertad cuando podemos expresar y decir lo que queremos, y da la casualidad de que hoy en día tenemos una red digital enorme como lo es Internet para poder difundir nuestra opinión al mundo.

Pintado de ese modo todo parece bastante perfecto y enmarcado en un retrato legal, pero hay tantos factores que influyen en la libertad de expresión que cada uno de ellos genera un debate, como lo es por ejemplo el anonimato. Recientemente se desató una polémica a nivel nacional e internacional, por el hecho de haberse desvelado la posible identidad de un tuitero anónimo, estamos hablando de @JosPatrana o “Pastrana” como se popularizo.

En todo ese asunto entraron en conflicto dos leyes: el derecho a la intimidad y el derecho a la información, la intimidad o anonimato del dueño de la cuenta de twitter y el derecho que tienen las personas de conocer quién está detrás de tan influyente cuente política.

En primer lugar cabe señalar que no sólo “Pastrana”, sino cualquier persona puede opinar detrás de un seudónimo y ocultar su verdadera identidad, siempre y cuando todos los actos sean lícitos, ¿Qué quiere decir lícitos?, que no atenten física ni mentalmente a otra persona o institución, que no sea un incitador de la violencia o delitos en internet, que no divulgue información personal que pueda poner en riesgo a alguien o algo y en general no incumplir con ninguna ley aplicada tanto dentro de internet como fuera.

La gran pregunta es, si se llega a cometer un delito, ¿cómo sabrán de quien se trata en realidad?, la verdad no es fácil esconderse de las autoridades como la policía o jueces aun siendo anónimo en internet, las nuevas tecnologías pueden hacer seguimiento de este tipo de personas y ubicarlas, claro está que estos programas sólo pueden aplicarse en caso de presentarse un delito, no quiere decir que el gobierno o la policía tiene identificados a cada uno de los miles de usuarios anónimos de diversas redes.

Ahora bien, eso es por el lado del anonimato y la legitimidad del mismo en internet, pero esta la otra parte de la polémica, un ciudadano desveló la verdadera identidad de alguien en una red social, lo cual, ¿también puede ser un delito o no?

El derecho a la información señala que los ciudadanos tienen el derecho de conocer datos de interés público o en su defecto que le afecten directa indirectamente, por ejemplo, el gobierno nacional aplica una estrategia para impulsar la economía en la cual hace una alianza con Francia, si un periodista publica cada una de las cláusulas de la alianza no está divulgando información confidencial y por tanto no es un delito dar a conocer datos de interés para los habitantes.

En este caso, @esparroqui publicó un hilo apuntando, con nombre y apellidos, a la persona que considera que está detrás del polémico tuitero conservador, contrario al independentismo, asegurando que se trata de una figura política del PP.

Si lo comparamos con el caso anterior y analizando el tipo de cuenta que lleva @JosPatrana, no podría decirse que hay violación al derecho a la intimidad, debido a que se trata de un dato de interés público.

Sin embargo, hay varios apartados que podrían afectar esta decisión tomada por @Esparroqui, en primer lugar, que no se considere de interés público, por tanto, sería revelación de secretos, y está tipificado en el Código Penal, pero son casos muy concretos como apoderarse de cartas, intervenir el correo o interceptar información por medios ilícitos, lo cual no aplica para el caso presente, o al menos eso parece, quedaría en manos de un Juez la decisión llegado el caso.

La norma con la que, si se jugó la legalidad del acto, fue la Ley de Protección de Datos, porque publica información personal (su dirección, teléfono, etc). Sobre el papel, la multa por dicha infracción oscila entre los 40.000 y los 300.000 euros, pero no es normal que se apliquen estas cantidades.

Por último, se plantea la siguiente pregunta, ¿los hechos de desvelar el nombre de la cuenta, podría resultar en futuros delitos?, en este caso se debe plantear todo, incluso analizar si se alienta el linchamiento, ya que en ese caso sí que podría ser un delito, si empiezan a presentarse amenazas físicas o pintadas en su vivienda, significa que se puso en riesgo a la persona señalada, para ello se establece un nexo causal entre la situación de peligro y la revelación de identidad.

Desde TIC Segura consideramos que no es un debate sencillo, cada persona o institución tiene su propio punto de vista y posición respecto a este tipo de casos, como abogados, nos toca ponernos del lado de la ley y ser los más objetivos posibles.

Algunas curiosidades del caso que bien se pueden señalar son: el dueño de la cuenta @Esparroqui también decidió publicar bajo un seudónimo, y de hecho mucho se ha especulado sobre la identidad del mismo. Igualmente, así como se señala al dueño de “Pastrana” como un integrante del PP, el mismo partido político decidió a finales del año pasado presentar una propuesta no de Ley para acabar con el anonimato en las plataformas digitales, con el fin de “acabar definitivamente con la impunidad del anonimato en internet”. Además, se propone “arbitrar medidas para que los proveedores de servicio en internet requieran la identificación de los usuarios mediante su identidad administrativa real”.

Nuestra postura ante una propuesta como esa es más firme, desde TIC Segura consideramos que nuestra información personal es valiosa, y cada quien tiene derecho a su intimidad, de aplicarse esta propuesta todas las plataformas digitales y en resumen los grandes poderes de la era digital tendrían nuestra información personal de forma lícita y podrían hacer un mal uso de las mismas, es un tema muy delicado, que incluso afecta la Nueva Ley de Protección de Datos.

En Resumen, el anonimato es totalmente lícito, siempre y cuando no te apoyes en ello para cometer actos delictivos, en cuyo caso las autoridades tienen las herramientas para responder. Y finalmente y haciendo referencia nuevamente a la libertad de expresión, cada uno debe medir sus publicaciones y acciones, sobre todo cuando son influyentes tanto a nivel político, social, económico, etc.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *